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Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre de 2014, del Ministerio de Fomento
Atribuciones

Las prácticas reglamentarias de navegación habilitan al Patrón de Embarcaciones de Recreo para el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares. También para el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares. También para el gobierno de embarcaciones de vela con las mismas atribuciones, si se poseen además las prácticas de vela.

Las prácticas de navegación se realizan en régimen de travesía con una duración de 24 horas y al menos 4 horas serán de navegación nocturna

Notas
  1. Si no se completa el número mínimo de alumnos establecido para la práctica, las prácticas se aplazan al siguiente fin de semana en el que se cubra el mínimo de plazas mencionado.
  2. Las fechas previstas de desarrollo de las prácticas pueden aplazarse por causas de fuerza mayor: previsiones meteorológicas adversas, avisos a los navegantes o motivos de seguridad.
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